martes, 4 de enero de 2011

LA NUEVA LEY DEL TABACO: EL DISPARATE SE CONSUMÓ

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LA NUEVA LEY ANTITABACO: Y EL DISPARATE SE CONSUMÓ
Ayer, día 2 de enero, entró en vigor la nueva Ley del Tabaco que sustituye a la Ley
Antitabaco de 2006 que estuvo en vigor hasta dicho día. El decir que esta nueva Ley es un disparate es poco decir porque no solamente es una agresión en toda regla a la libertad de la persona sino que también lo es a la propiedad de establecimientos hosteleros que, si bien dan un servicio al público, no son establecimientos públicos por lo que se le debe respetar el orientar la explotación de su negocio en la línea que le plazca, dentro de las directrices que marca el gremio, tanto si quiere que sea orientada hacia fumadores como hacia no fumadores, debiendo ambos tipos de individuos respetar lo establecido en dichos establecimientos. Por otro lado, España es una nación eminentemente turística y algunas comunidades, como la canaria por citar un ejemplo, con dependencia del sector turismo/construcción turística alrededor del 80% de su PIB, por lo que no hace falta subrayar la importancia que tiene esta industria en el día a día nacional. ¿Qué esta nueva ley antitabaco puede detraer a muchos visitantes potenciales de escoger a España para pasar sus vacaciones? Sin duda alguna, o ¿alguien lo duda? Quienquiera que sea fumador se pensará muy mucho el escoger para sus vacaciones un destino turístico en el que no puede tomarse una bebida cualquiera acompañada de su cigarrillo habitual. ¿Son conscientes los presidentes de las comunidades autónomas dependientes del turismo de lo que esta ley va a significar para la afluencia de visitantes a sus respectivas autonomía una vez sea conocido en el extranjero la amplitud de sus prohibiciones ya que no se salva ningún establecimiento orientado al turísmo? ¿Han hecho algo estos presidentes de dichas comunidades para evitar que dicha ley fuese aprobada pues ya la ley sustituida era más que suficiente para cubrir los objetivos de protección al no fumador? Su definitiva puesta en vigor demuestra que no han hecho nada; se han mantenido con los brazos cruzados ‘viéndolas venir’, que es una forma como cualquier otra para no complicarse la vida.

Lo dicho, el Gobierno ‘progresista’ de Zapatero ha consumado el despropósito de implantar una ley que prohíbe fumar casi en todas partes, con toda la carga que lleva de interferencia en la vida privada de las personales, en el derecho de propietarios de establecimientos hosteleros a orientar sus negocios de la forma que crean más adecuada, según su clientela, y un desafío irracional a nuestros visitantes fumadores del extranjero, el turismo, que hoy por hoy es la única industria que nos sigue manteniendo a flote en España, especialmente en Canarias.

A continuación reproduzco íntegramente el artículo que al respecto publiqué en este blog el 11 de septiembre de 2010.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de enero de 2011
Daniel Garzón Luna


¡A FUMAR A LA PUTA CALLE, CERDO! ¡TE REFORMARÉ!




La reforma de la ley antitabaco está ya en tramitación en el Parlamento español. Es un proyecto de ley que viene a recortar aún más los derechos del individuo, en este caso los del fumador, un colectivo que en España representa ni más ni menos que el cincuenta por cincuenta por ciento, aproximadamente, del censo electoral. A continuación mi comentario sobre la reforma.

Esta reforma de la ley antitabaco es un gran despropósito, uno más de los despropósitos en que una y otra vez incurren los señores que nos gobiernan, quienes, despacio pero sin pausa, recortan nuestras libertades y nos convierten de forma subrepticia en masa borreguil y sumisa que sólo tiene la posibilidad de opinar una vez cada cuatro años. Digo esto porque, según parece, nadie de los que están en las alturas decidiendo sobre asuntos tan cercanos al ciudadano como es el consumo de tabaco toma en consideración que en una democracia occidental el individuo mayor de edad es libre de tomar sus propias decisiones en lo que respecta a su persona, siempre y cuando no interfiera en las libertades del vecino ni tales decisiones vayan contra el orden establecido dentro de nuestro Estado de Derecho y formación religiosa. La puesta en marcha de la reforma de esta Ley hacia más intransigencia contra el fumador tendrá duras consecuencias, a mi criterio, algunas de las cuales cito en los apartados que siguen:

a) LIBERTAD DEL INDIVIDUO: esta reforma de la ley antitabaco, que se supone sustituirá a la que está en vigor desde el año 2006, hace caso omiso de la libertad del individuo para elegir sus adicciones legales y su potestad como persona libre de fumar o dejar de fumar cuando le plazca. Nunca debe un gobierno democrático inmiscuirse, por la vía del ordeno y mando y en plan paternalista, en asuntos personales propios del individuo cuando es mayor de edad y disfruta de plenas facultades mentales, ya que sólo él tiene potestad para escoger sus hábitos o costumbres, siempre y cuando dichos hábitos no vayan en contradicción del derecho de otras personas o del propio Estado de Derecho. Fumar es lícito en España y el Estado recauda cuantiosas sumas de dinero de la industria del tabaco por la vía de impuestos; por tanto, si el objetivo del Gobierno es prohibir el consumo de tabaco sólo tiene que promulgar una Ley en consonancia y así pasará el hábito de fumar de ser un placer a ser un acto delictivo, poniendo punto y final a la caza de brujas contra los fumadores.

b) BARES Y RESTAURANTES: La ley anti-tabaco que está en vigor ya contempla que los bares y restaurantes, especialmente, tienen que tener dependencias separadas para fumadores y no fumadores y, también, pueden ser sólo para fumadores o no fumadores. El adaptarse a esta Ley que entró en vigor en el año 2006 ya significó una importante inversión para aquellos locales que optaron por los dos conceptos, es decir, zona de fumadores y no fumadores delimitadas adecuadamente por separaciones físicas.

Ahora, cuando entre en vigor esta reforma de la ley antitabaco, los propietarios de bares, restaurantes y demás locales relacionados con el ocio se encontrarán con que aún no tienen amortizadas las inversiones que fueron necesarias para adaptar sus establecimientos a dicha ley y ya se encuentran ante otra ley que instaura una prohibición absoluta para fumar en todo lo que sea un local público, concepto en el que entra todo el gremio de la hostelería; es decir, no es suficiente el que se opte por fumadores o no fumadores como derecho que debería estar fuera de cuestión para el propietario de un local sino que prohíbe el consumo de tabaco en el local. ¿A quien pretende proteger esta ley? ¿Al fumador para que deje de fumar y viva más saludablemente? ¿Al no fumador para que el humo de un cigarrillo no remate el estropicio que la pulición atmosférica de la calle ha originado ya a su salud?¿Y qué problema tiene el no fumador para no entrar en un restaurante o bar para fumadores? ¿Con qué derecho pretende el no fumador o el/la impulsor/ra de esta ley para imponer al fumador que deje de tomarse su cafelito, o lo que se le apetezca acompañado de su cigarrillo? ¿Desde cuándo es democrático que una minoría -los no fumadores somos menos del 50% de los españoles- imponga semejantes prohibiciones a mayorías -más del 50% de los españoles fuman- sobre el consumo del tabaco que es un hábito muy personal y totalmente lícito? Y todo ello en proceso de crisis económica y desempleo generalizado en toda España cuando el que más y el que menos, si es fumador, debería tener asignada de forma gratuita una generosa ración de tabaco por parte del Gobierno ‘progresista’ de Rodríguez Zapatero para poder mantener los nervios bajo control.

c) INCIDENCIA SOBRE EL TURISMO: España es una Nación que basa su economía en el turismo, fundamentalmente. Hay regiones como Canarias, por citar un ejemplo, en que el binomio turismo y la construcción relacionada con el turismo representa casi el 80% de su PIB. En el resto de España las cosas no son muy diferentes pues en exportaciones las cosas andan casi por los suelos con relación a otros socios comunitarios y el turismo suple el capítulo de ingresos por exportaciones, lo que pone de relieve la importancia que tiene para la economía nacional.

Y ahora puede suscitarse la pregunta: ¿Puede, de alguna manera, afectar negativamente esta nueva ley del tabaco a la afluencia de turistas a España por lo que significa de recorte de libertad en este caso del fumador? Sin la menor de las dudas. La persona con hábito al tabaco necesita su consumo diario de nicotina y en ningún sitio se encontrará a gusto si no tiene acceso a su consumo, especialmente en los locales apropiados para ello como pueden ser un bar, una cafetería un restaurante, una disco o una sala de fiesta, como puntos más propicios a ser frecuentados por el turista y lógicamente puntos de consumo de tabaco.

Seguro que los impulsores de esta reforma de la ley existente tienen estudiada la respuesta de que si en otros tiempos se podía fumar en los aviones y se terminó prohibiendo totalmente esa posibilidad, y, no obstante, la gente siguió utilizando el avión como medio de transporte, lo mismo ocurrirá con la prohibición de fumar en un bar o en una sala de fiesta, por citar un par de ejemplos, cosa que el visitante lo tomará como cosa normal y no dejará de elegir España para sus vacaciones por la prohibición. Este sería un enjuiciamiento válido para quien quisiera convencerse a sí mismo de que su decisión es acertada pero erróneo y un verdadero disparate, sin la menor duda, porque, si bien el visitante centro-europeo está obligado a utilizar el avión, casi por lo general, para desplazarse de vacaciones, vuelos de unas tres o cuatro horas en trayectos medios, no es el mismo caso en la elección del destino de sus vacaciones donde pasará una o dos semanas y tiene un amplísimo abanico de destinos turísticos de los que escoger, por lo que, si sabe que donde ha estado yendo con asiduidad, España, ya tiene prohibido el fumar en casi todos los sitio en los que un turista suele moverse, incluso en parques públicos, lo lógico es que escoja un destino para pasarlas donde no le impongan unas restricciones tremendistas a su libertad de fumar, a menos que tenga tendencias masoquistas y le guste sufrir y penar en vacaciones. Unas vacaciones con ‘mono’ de nicotina no pueden ser buenas vacaciones.

d) PUESTOS DE TRABAJO Y CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS: Todos los propietarios o gerentes de la industria de la hostelería, bares y restaurante especialmente, puedan contar con que tendrán un significativo descenso de clientes tan pronto entre en vigor la ley antitabaco reformada. Por pura lógica, en todo establecimiento que su número de clientes se vea mermada en un 30 o 40% tendrá forzosamente que reducir su plantilla en una proporción que le permita seguir tirando y no tener que cerrar el establecimiento, cosa que significará un nada desdeñable aumento del paro que, por lo visto, no resulta ser la mayor preocupación de los que han tomado la iniciativa de efectuar esta reforma. Resulta inaudito que superando ya con creces los cuatro millones de parados se ponga en marcha una ley innecesaria a todas luces y que contribuirá sin duda alguna al aumento de esa cifra de parados y, por otro lado, empujará al cierre a no pocas pequeñas empresas dentro del sector hostelero.

e) SIMDROME PERSECUTORIO DEL FUMADOR: Las minorías en España, en lo que a este asunto del tabaco se refiere, han tomado como labor el acogotar y acomplejar al fumador hasta extremos insospechados, y el fumador, a consecuencia de tanto ‘bombardeo’ mediático y discrepancias personales de ciudadanos intolerantes, ha ido ‘archivando’ en el subconsciente un estado de culpabilidad que está generándole un serio problema de complejo de culpabilidad de un acto, el fumar, que rechazan de forma muy intolerante una cierta clase de ciudadanía, que no representan suficientes votos para someter por ley a la ciudadanía fumadora y mucho menos a privarle de un hábito totalmente legítimo y de elección personal como es el de consumir tabaco. El fumador debe mantenerse firme y, aprovechando su situación de mayoría en las urnas, defender su derecho que en este caso es único y fundamental: SU LIBERTAD PERSONAL
Termino este comentario con la siguiente aclaración: fui un fumador en cadena hasta el año 1986, alcanzando el consumo de 80 unidades diarias de forma habitual. En el citado año 1986 pensé hacer una pausa de unas cuantas semanas debido, en parte, al deseo repentino de liberarme de la ‘obligación‘ de fumar, aunque sólo fuese durante unas cuantas semanas, pues el ‘encadenamiento’ al tabaco me estaba resultando bastante molesto y opresivo. No hubo ningún tipo de coacción o sugerencia médica al respecto. Pasadas las cuantas semanas que me había marcado como ‘tregua’ en el consumo de nicotina y ver que me sentía algo más libre en mis quehaceres diarios una vez superado ‘el mono’, decidí reengancharme’ a la pausa unas cuantas semanas más, todo ello sin fumar un solo cigarrillo, y así fue como dejé de fumar hasta el día de hoy. Hoy me siento más libre y mejor físicamente sin fumar, sobre todo cuando cojo algún catarro y en unos cuatro o cinco días lo he echado fuera, cosa que, cuando fumaba, me tomaba semanas el quitármelo de encima. Incluyo este comentario por si le es de utilidad a algún fumador empedernido como fui yo durante muchos años

Conclusión final: Nos gobierna gente que está muy lejos de la calle; es muy fácil cometer grandes errores con una óptica utilizada a tanta distancia de la realidad, realidad que se deforma, además, cuando se valora desde la opulencia.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de septiembre de 2010.
Daniel Garzón Luna

LA NUEVA LEY DEL TABACO: EL DISPARATE SE CONSUMÓ

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LA NUEVA LEY ANTITABACO: Y EL DISPARATE SE CONSUMÓ
Ayer, día 2 de enero, entró en vigor la nueva Ley del Tabaco que sustituye a la Ley
Antitabaco de 2006 que estuvo en vigor hasta dicho día. El decir que esta nueva Ley es un disparate es poco decir porque no solamente es una agresión en toda regla a la libertad de la persona sino que también lo es a la propiedad de establecimientos hosteleros que, si bien dan un servicio al público, no son establecimientos públicos por lo que se le debe respetar el orientar la explotación de su negocio en la línea que le plazca, dentro de las directrices que marca el gremio, tanto si quiere que sea orientada hacia fumadores como hacia no fumadores, debiendo ambos tipos de individuos respetar lo establecido en dichos establecimientos. Por otro lado, España es una nación eminentemente turística y algunas comunidades, como la canaria por citar un ejemplo, con dependencia del sector turismo/construcción turística alrededor del 80% de su PIB, por lo que no hace falta subrayar la importancia que tiene esta industria en el día a día nacional. ¿Qué esta nueva ley antitabaco puede detraer a muchos visitantes potenciales de escoger a España para pasar sus vacaciones? Sin duda alguna, o ¿alguien lo duda? Quienquiera que sea fumador se pensará muy mucho el escoger para sus vacaciones un destino turístico en el que no puede tomarse una bebida cualquiera acompañada de su cigarrillo habitual. ¿Son conscientes los presidentes de las comunidades autónomas dependientes del turismo de lo que esta ley va a significar para la afluencia de visitantes a sus respectivas autonomía una vez sea conocido en el extranjero la amplitud de sus prohibiciones ya que no se salva ningún establecimiento orientado al turísmo? ¿Han hecho algo estos presidentes de dichas comunidades para evitar que dicha ley fuese aprobada pues ya la ley sustituida era más que suficiente para cubrir los objetivos de protección al no fumador? Su definitiva puesta en vigor demuestra que no han hecho nada; se han mantenido con los brazos cruzados ‘viéndolas venir’, que es una forma como cualquier otra para no complicarse la vida.

Lo dicho, el Gobierno ‘progresista’ de Zapatero ha consumado el despropósito de implantar una ley que prohíbe fumar casi en todas partes, con toda la carga que lleva de interferencia en la vida privada de las personales, en el derecho de propietarios de establecimientos hosteleros a orientar sus negocios de la forma que crean más adecuada, según su clientela, y un desafío irracional a nuestros visitantes fumadores del extranjero, el turismo, que hoy por hoy es la única industria que nos sigue manteniendo a flote en España, especialmente en Canarias.

A continuación reproduzco íntegramente el artículo que al respecto publiqué en este blog el 11 de septiembre de 2010.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de enero de 2011
Daniel Garzón Luna


¡A FUMAR A LA PUTA CALLE, CERDO! ¡TE REFORMARÉ!




La reforma de la ley antitabaco está ya en tramitación en el Parlamento español. Es un proyecto de ley que viene a recortar aún más los derechos del individuo, en este caso los del fumador, un colectivo que en España representa ni más ni menos que el cincuenta por cincuenta por ciento, aproximadamente, del censo electoral. A continuación mi comentario sobre la reforma.

Esta reforma de la ley antitabaco es un gran despropósito, uno más de los despropósitos en que una y otra vez incurren los señores que nos gobiernan, quienes, despacio pero sin pausa, recortan nuestras libertades y nos convierten de forma subrepticia en masa borreguil y sumisa que sólo tiene la posibilidad de opinar una vez cada cuatro años. Digo esto porque, según parece, nadie de los que están en las alturas decidiendo sobre asuntos tan cercanos al ciudadano como es el consumo de tabaco toma en consideración que en una democracia occidental el individuo mayor de edad es libre de tomar sus propias decisiones en lo que respecta a su persona, siempre y cuando no interfiera en las libertades del vecino ni tales decisiones vayan contra el orden establecido dentro de nuestro Estado de Derecho y formación religiosa. La puesta en marcha de la reforma de esta Ley hacia más intransigencia contra el fumador tendrá duras consecuencias, a mi criterio, algunas de las cuales cito en los apartados que siguen:

a) LIBERTAD DEL INDIVIDUO: esta reforma de la ley antitabaco, que se supone sustituirá a la que está en vigor desde el año 2006, hace caso omiso de la libertad del individuo para elegir sus adicciones legales y su potestad como persona libre de fumar o dejar de fumar cuando le plazca. Nunca debe un gobierno democrático inmiscuirse, por la vía del ordeno y mando y en plan paternalista, en asuntos personales propios del individuo cuando es mayor de edad y disfruta de plenas facultades mentales, ya que sólo él tiene potestad para escoger sus hábitos o costumbres, siempre y cuando dichos hábitos no vayan en contradicción del derecho de otras personas o del propio Estado de Derecho. Fumar es lícito en España y el Estado recauda cuantiosas sumas de dinero de la industria del tabaco por la vía de impuestos; por tanto, si el objetivo del Gobierno es prohibir el consumo de tabaco sólo tiene que promulgar una Ley en consonancia y así pasará el hábito de fumar de ser un placer a ser un acto delictivo, poniendo punto y final a la caza de brujas contra los fumadores.

b) BARES Y RESTAURANTES: La ley anti-tabaco que está en vigor ya contempla que los bares y restaurantes, especialmente, tienen que tener dependencias separadas para fumadores y no fumadores y, también, pueden ser sólo para fumadores o no fumadores. El adaptarse a esta Ley que entró en vigor en el año 2006 ya significó una importante inversión para aquellos locales que optaron por los dos conceptos, es decir, zona de fumadores y no fumadores delimitadas adecuadamente por separaciones físicas.

Ahora, cuando entre en vigor esta reforma de la ley antitabaco, los propietarios de bares, restaurantes y demás locales relacionados con el ocio se encontrarán con que aún no tienen amortizadas las inversiones que fueron necesarias para adaptar sus establecimientos a dicha ley y ya se encuentran ante otra ley que instaura una prohibición absoluta para fumar en todo lo que sea un local público, concepto en el que entra todo el gremio de la hostelería; es decir, no es suficiente el que se opte por fumadores o no fumadores como derecho que debería estar fuera de cuestión para el propietario de un local sino que prohíbe el consumo de tabaco en el local. ¿A quien pretende proteger esta ley? ¿Al fumador para que deje de fumar y viva más saludablemente? ¿Al no fumador para que el humo de un cigarrillo no remate el estropicio que la pulición atmosférica de la calle ha originado ya a su salud?¿Y qué problema tiene el no fumador para no entrar en un restaurante o bar para fumadores? ¿Con qué derecho pretende el no fumador o el/la impulsor/ra de esta ley para imponer al fumador que deje de tomarse su cafelito, o lo que se le apetezca acompañado de su cigarrillo? ¿Desde cuándo es democrático que una minoría -los no fumadores somos menos del 50% de los españoles- imponga semejantes prohibiciones a mayorías -más del 50% de los españoles fuman- sobre el consumo del tabaco que es un hábito muy personal y totalmente lícito? Y todo ello en proceso de crisis económica y desempleo generalizado en toda España cuando el que más y el que menos, si es fumador, debería tener asignada de forma gratuita una generosa ración de tabaco por parte del Gobierno ‘progresista’ de Rodríguez Zapatero para poder mantener los nervios bajo control.

c) INCIDENCIA SOBRE EL TURISMO: España es una Nación que basa su economía en el turismo, fundamentalmente. Hay regiones como Canarias, por citar un ejemplo, en que el binomio turismo y la construcción relacionada con el turismo representa casi el 80% de su PIB. En el resto de España las cosas no son muy diferentes pues en exportaciones las cosas andan casi por los suelos con relación a otros socios comunitarios y el turismo suple el capítulo de ingresos por exportaciones, lo que pone de relieve la importancia que tiene para la economía nacional.

Y ahora puede suscitarse la pregunta: ¿Puede, de alguna manera, afectar negativamente esta nueva ley del tabaco a la afluencia de turistas a España por lo que significa de recorte de libertad en este caso del fumador? Sin la menor de las dudas. La persona con hábito al tabaco necesita su consumo diario de nicotina y en ningún sitio se encontrará a gusto si no tiene acceso a su consumo, especialmente en los locales apropiados para ello como pueden ser un bar, una cafetería un restaurante, una disco o una sala de fiesta, como puntos más propicios a ser frecuentados por el turista y lógicamente puntos de consumo de tabaco.

Seguro que los impulsores de esta reforma de la ley existente tienen estudiada la respuesta de que si en otros tiempos se podía fumar en los aviones y se terminó prohibiendo totalmente esa posibilidad, y, no obstante, la gente siguió utilizando el avión como medio de transporte, lo mismo ocurrirá con la prohibición de fumar en un bar o en una sala de fiesta, por citar un par de ejemplos, cosa que el visitante lo tomará como cosa normal y no dejará de elegir España para sus vacaciones por la prohibición. Este sería un enjuiciamiento válido para quien quisiera convencerse a sí mismo de que su decisión es acertada pero erróneo y un verdadero disparate, sin la menor duda, porque, si bien el visitante centro-europeo está obligado a utilizar el avión, casi por lo general, para desplazarse de vacaciones, vuelos de unas tres o cuatro horas en trayectos medios, no es el mismo caso en la elección del destino de sus vacaciones donde pasará una o dos semanas y tiene un amplísimo abanico de destinos turísticos de los que escoger, por lo que, si sabe que donde ha estado yendo con asiduidad, España, ya tiene prohibido el fumar en casi todos los sitio en los que un turista suele moverse, incluso en parques públicos, lo lógico es que escoja un destino para pasarlas donde no le impongan unas restricciones tremendistas a su libertad de fumar, a menos que tenga tendencias masoquistas y le guste sufrir y penar en vacaciones. Unas vacaciones con ‘mono’ de nicotina no pueden ser buenas vacaciones.

d) PUESTOS DE TRABAJO Y CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS: Todos los propietarios o gerentes de la industria de la hostelería, bares y restaurante especialmente, puedan contar con que tendrán un significativo descenso de clientes tan pronto entre en vigor la ley antitabaco reformada. Por pura lógica, en todo establecimiento que su número de clientes se vea mermada en un 30 o 40% tendrá forzosamente que reducir su plantilla en una proporción que le permita seguir tirando y no tener que cerrar el establecimiento, cosa que significará un nada desdeñable aumento del paro que, por lo visto, no resulta ser la mayor preocupación de los que han tomado la iniciativa de efectuar esta reforma. Resulta inaudito que superando ya con creces los cuatro millones de parados se ponga en marcha una ley innecesaria a todas luces y que contribuirá sin duda alguna al aumento de esa cifra de parados y, por otro lado, empujará al cierre a no pocas pequeñas empresas dentro del sector hostelero.

e) SIMDROME PERSECUTORIO DEL FUMADOR: Las minorías en España, en lo que a este asunto del tabaco se refiere, han tomado como labor el acogotar y acomplejar al fumador hasta extremos insospechados, y el fumador, a consecuencia de tanto ‘bombardeo’ mediático y discrepancias personales de ciudadanos intolerantes, ha ido ‘archivando’ en el subconsciente un estado de culpabilidad que está generándole un serio problema de complejo de culpabilidad de un acto, el fumar, que rechazan de forma muy intolerante una cierta clase de ciudadanía, que no representan suficientes votos para someter por ley a la ciudadanía fumadora y mucho menos a privarle de un hábito totalmente legítimo y de elección personal como es el de consumir tabaco. El fumador debe mantenerse firme y, aprovechando su situación de mayoría en las urnas, defender su derecho que en este caso es único y fundamental: SU LIBERTAD PERSONAL
Termino este comentario con la siguiente aclaración: fui un fumador en cadena hasta el año 1986, alcanzando el consumo de 80 unidades diarias de forma habitual. En el citado año 1986 pensé hacer una pausa de unas cuantas semanas debido, en parte, al deseo repentino de liberarme de la ‘obligación‘ de fumar, aunque sólo fuese durante unas cuantas semanas, pues el ‘encadenamiento’ al tabaco me estaba resultando bastante molesto y opresivo. No hubo ningún tipo de coacción o sugerencia médica al respecto. Pasadas las cuantas semanas que me había marcado como ‘tregua’ en el consumo de nicotina y ver que me sentía algo más libre en mis quehaceres diarios una vez superado ‘el mono’, decidí reengancharme’ a la pausa unas cuantas semanas más, todo ello sin fumar un solo cigarrillo, y así fue como dejé de fumar hasta el día de hoy. Hoy me siento más libre y mejor físicamente sin fumar, sobre todo cuando cojo algún catarro y en unos cuatro o cinco días lo he echado fuera, cosa que, cuando fumaba, me tomaba semanas el quitármelo de encima. Incluyo este comentario por si le es de utilidad a algún fumador empedernido como fui yo durante muchos años

Conclusión final: Nos gobierna gente que está muy lejos de la calle; es muy fácil cometer grandes errores con una óptica utilizada a tanta distancia de la realidad, realidad que se deforma, además, cuando se valora desde la opulencia.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de septiembre de 2010.
Daniel Garzón Luna

viernes, 17 de diciembre de 2010

NAVIDAD 2010

FELICITACION NAVIDEÑA
Deseo feliz Navidad y un venturoso Año Nuevo a mi Familia, a mis Amigos y a mis Lectores de todas las latitudes.
Navidad 2010
Daniel Garzón Luna

(HACER CLIC SOBRE LAS IMÁGENES PARA EMPLIARLAS)



NAVIDAD 2010

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Deseo feliz Navidad y un venturoso Año Nuevo a mi Familia, a mis Amigos y a mis Lectores de todas las latitudes.
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viernes, 10 de diciembre de 2010

MAS SOBRE LA PRETENDIDA SOBERANÍA BRITÁNICA SOBRE GIBRALTAR


MÁS SOBRE LA PRETENDIDA SOBERANIA BRITÁNICA SOBRE GIBRALTAR

Ceferino L. Maestú ha publicado el pasado día 9 de diciembre un artículo en “HISPANIAINFO”, con el titular “España no cedió la soberanía de Gibraltar”, a cuento de la pretendida soberanía británica sobre Gibraltar que, por su rigor histórico y gran afinidad con diferentes artículos sobre el particular publicados en este blog, me permito transcribir literalmente.


“España no cedió la soberanía de Gibraltar

Publicado por hispaniainfo el 09 Dic 2010. en OPINIÓN, TITULARES
Por Ceferino L. Maestú.

En una guerra civil por la sucesión en el trono de España, hace 300 años, los Ingleses, en apoyo del uno de los aspirantes, ocupó el Peñón de Gibraltar y se lo quedó para él.

El monarca español, que no fue el partidario de los ingleses, reconoció la ocupación, en unos términos que la mayoría de los ingleses y españoles desconocen. Y, al parecer, tampoco el señor Peter Caruana, titulado ministro principal cuando es, simplemente, el alcalde de la ciudad, con un gobernador colonial británico como suprema autoridad local.

Pero veamos que es lo que dice el Tratado de Utrech, suscrito hace casi 300 años, el 13 de julio de 1713:

-“El Rey Católico (español), por si y por sus herederos y sucesores, cede por este tratado a la Corona de Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dando la dicha propiedad, absolutamente, para que la tenga y goce, con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno”.

“Pero, para evitar cualesquiera abusos y fraudes en la introducción de mercaderías, quiere el Rey católico (español), y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a Gran Bretaña sin justificación alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país sin convecino por parte de tierra…”

“Sí, en algún tiempo, a la Corona de la Gran Bretaña le pareciera conveniente dar o vender o enajenar, de cualquier modo la propiedad de dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción, antes que a otros, para redimirla”.

La Sala de lo Civil, del Tribunal Supremo Español, el 20 de Agosto de 2001 dictaminó:

-“El propio tenor de la norma ha llevado a un importante sector de la doctrina científica más autorizada a sostener que la cesión operada, por virtud del Tratado, fue puramente territorial, dominal, sin sanción de soberanía alguna ni, por tanto, de sus atributos”.

“En auxilio de dicha interpretación vienen no solo los términos del precepto, que aluden a una cesión y que reconocen un derecho de retracto, sin jurisdicción territorial alguna para el caso de que la Gran Bretaña diese, vendiese, enajenase de cualquier modo la propiedad de la ciudad de Gibraltar, son también, y excepcionalmente, los antecedentes históricos del tratado, a saber: el tratado de paz de 24 de octubre de 1648, celebrado entre Fernando III y el Imperio, dentro del Congreso de Münster: el Tratado de Versalles, de 9 de marzo de 1701 entre Francia y el elector de Baviera y, particularmente, el tratado preliminar de Paz y de amistad hispano británico, firmado en Madrid el 27 de marzo de 1713, en el que, en ningún momento se hace referencia a la soberanía… la cesión no alcanza, pues a otros espacios físicos o marítimos, quedando, asimismo, fuera de ella, las aguas adyacentes del peñón. En segundo lugar –prosigue el Tribunal español-, la posesión territorial actual, que ha experimentado ese espacio, no encuentra una adecuada justificación en la istitución de la xx ¿prescripción? xx, de la cuales quiere derivar el derecho soberano sobre el territorio del istmo y sobre las aguas adyacentes…”.

Según se deduce de todo ello, el Tribunal Supremo tiene bien claro que la cesión de Gibraltar fue de la propiedad de una ciudad, como si fuera un cortijo, pero sin soberanía territorial alguna que seguirá correspondiendo a España no solo sobre la ciudad sino sobre el istmo y las aguas de la Bahía de Algeciras.

Ahora, después de que el Gobierno español –torpemente- reconociera el supuesto derecho del “alcalde” gibraltareño a negociar en un Foro Tripartito, no como parte de la representación británica, el señor Peter Caruana se ha permitido decir, en Sevilla, en el Forum Europa -según la versión del diario ABC- que Gibraltar “no es patrimonio” del Reino Unido “como para que nos puedan entregar en un diálogo bilateral porque vulneraría los derechos de sus ciudadanos como seres humanos…”.
Resulta curioso ese planteamiento porque, desde hace trescientos años, esos derechos no fueron considerados con los españoles que se vieron obligados a salir de Gibraltar y llevarse su Ayuntamiento para fundar, en San Roque, otro Gibraltar Español, que debería tener mucho que decir.

¡No se puede seguir un debate de palabras cuando debería someterse, para siempre, al Tribunal Internacional”

A QUIEN PUEDA CONCERNIR:
En este blog reproduzco sin fines lucrativos fotografías, vídeos, artículos de diferente naturaleza y otras informaciones o archivos procedentes de Internet y de la prensa común. En caso que usted encuentre alguna publicación de su propiedad y desee su retirada, sólo tiene que ponerse en contacto conmigo y sin demora atenderé su petición.




MAS SOBRE LA PRETENDIDA SOBERANÍA BRITÁNICA SOBRE GIBRALTAR


MÁS SOBRE LA PRETENDIDA SOBERANIA BRITÁNICA SOBRE GIBRALTAR

Ceferino L. Maestú ha publicado el pasado día 9 de diciembre un artículo en “HISPANIAINFO”, con el titular “España no cedió la soberanía de Gibraltar”, a cuento de la pretendida soberanía británica sobre Gibraltar que, por su rigor histórico y gran afinidad con diferentes artículos sobre el particular publicados en este blog, me permito transcribir literalmente.


“España no cedió la soberanía de Gibraltar

Publicado por hispaniainfo el 09 Dic 2010. en OPINIÓN, TITULARES
Por Ceferino L. Maestú.

En una guerra civil por la sucesión en el trono de España, hace 300 años, los Ingleses, en apoyo del uno de los aspirantes, ocupó el Peñón de Gibraltar y se lo quedó para él.

El monarca español, que no fue el partidario de los ingleses, reconoció la ocupación, en unos términos que la mayoría de los ingleses y españoles desconocen. Y, al parecer, tampoco el señor Peter Caruana, titulado ministro principal cuando es, simplemente, el alcalde de la ciudad, con un gobernador colonial británico como suprema autoridad local.

Pero veamos que es lo que dice el Tratado de Utrech, suscrito hace casi 300 años, el 13 de julio de 1713:

-“El Rey Católico (español), por si y por sus herederos y sucesores, cede por este tratado a la Corona de Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen, dando la dicha propiedad, absolutamente, para que la tenga y goce, con entero derecho y para siempre, sin excepción ni impedimento alguno”.

“Pero, para evitar cualesquiera abusos y fraudes en la introducción de mercaderías, quiere el Rey católico (español), y supone que así se ha de entender, que la dicha propiedad se ceda a Gran Bretaña sin justificación alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con el país sin convecino por parte de tierra…”

“Sí, en algún tiempo, a la Corona de la Gran Bretaña le pareciera conveniente dar o vender o enajenar, de cualquier modo la propiedad de dicha Ciudad de Gibraltar, se ha convenido y concordado por este Tratado que se dará a la Corona de España la primera acción, antes que a otros, para redimirla”.

La Sala de lo Civil, del Tribunal Supremo Español, el 20 de Agosto de 2001 dictaminó:

-“El propio tenor de la norma ha llevado a un importante sector de la doctrina científica más autorizada a sostener que la cesión operada, por virtud del Tratado, fue puramente territorial, dominal, sin sanción de soberanía alguna ni, por tanto, de sus atributos”.

“En auxilio de dicha interpretación vienen no solo los términos del precepto, que aluden a una cesión y que reconocen un derecho de retracto, sin jurisdicción territorial alguna para el caso de que la Gran Bretaña diese, vendiese, enajenase de cualquier modo la propiedad de la ciudad de Gibraltar, son también, y excepcionalmente, los antecedentes históricos del tratado, a saber: el tratado de paz de 24 de octubre de 1648, celebrado entre Fernando III y el Imperio, dentro del Congreso de Münster: el Tratado de Versalles, de 9 de marzo de 1701 entre Francia y el elector de Baviera y, particularmente, el tratado preliminar de Paz y de amistad hispano británico, firmado en Madrid el 27 de marzo de 1713, en el que, en ningún momento se hace referencia a la soberanía… la cesión no alcanza, pues a otros espacios físicos o marítimos, quedando, asimismo, fuera de ella, las aguas adyacentes del peñón. En segundo lugar –prosigue el Tribunal español-, la posesión territorial actual, que ha experimentado ese espacio, no encuentra una adecuada justificación en la istitución de la xx ¿prescripción? xx, de la cuales quiere derivar el derecho soberano sobre el territorio del istmo y sobre las aguas adyacentes…”.

Según se deduce de todo ello, el Tribunal Supremo tiene bien claro que la cesión de Gibraltar fue de la propiedad de una ciudad, como si fuera un cortijo, pero sin soberanía territorial alguna que seguirá correspondiendo a España no solo sobre la ciudad sino sobre el istmo y las aguas de la Bahía de Algeciras.

Ahora, después de que el Gobierno español –torpemente- reconociera el supuesto derecho del “alcalde” gibraltareño a negociar en un Foro Tripartito, no como parte de la representación británica, el señor Peter Caruana se ha permitido decir, en Sevilla, en el Forum Europa -según la versión del diario ABC- que Gibraltar “no es patrimonio” del Reino Unido “como para que nos puedan entregar en un diálogo bilateral porque vulneraría los derechos de sus ciudadanos como seres humanos…”.
Resulta curioso ese planteamiento porque, desde hace trescientos años, esos derechos no fueron considerados con los españoles que se vieron obligados a salir de Gibraltar y llevarse su Ayuntamiento para fundar, en San Roque, otro Gibraltar Español, que debería tener mucho que decir.

¡No se puede seguir un debate de palabras cuando debería someterse, para siempre, al Tribunal Internacional”

A QUIEN PUEDA CONCERNIR:
En este blog reproduzco sin fines lucrativos fotografías, vídeos, artículos de diferente naturaleza y otras informaciones o archivos procedentes de Internet y de la prensa común. En caso que usted encuentre alguna publicación de su propiedad y desee su retirada, sólo tiene que ponerse en contacto conmigo y sin demora atenderé su petición.




domingo, 28 de noviembre de 2010

¿QUÉ LES DEBE ISRAEL A LOS JUDÍOS DEL MUNDO?

El día 27 de los corrientes el diario digital israelí HAARETZ.COM publicó un artículo de Donniel Hartman que por su interés sobre las actuales negociaciones de paz en Oriente Medio, y la afinidad con criterios publicados en este blog, transcribo literalmente. Si bien la publicación en el diario Haaretz.com se ha efectuado en su inglés original, en este blog inserto la traducción en español efectuada por Ria Okret del Hartmaninstitute. Quienquiera que tenga interés en leer el artículo en su inglés original puede leerlo en mi otro blog, http://danielgarzonluna.blogspot.com



¿Qué les debe Israel a los judíos del mundo?
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Publicado por: David Salischiker el 25 Noviembre 2010

Autor:
Donniel Hartman
Fuente:
Tu Meser - 25/11/2010

La relación entre Israel y la judería mundial – o para hablar con más exactitud – la disminución constante en la relación, es una de las principales preocupaciones del liderazgo institucional judío. ¿Qué se puede hacer para combatir la percibida desconexión y la alienación hacia Israel que va en aumento?

Un punto central de los esfuerzos está concentrado en mejorar las relaciones públicas y la educación de la judería mundial en lo que toca al caso a favor de Israel. Un aumento en la capacidad de los judíos de defender a Israel conducirá a un aumento paralelo en la afinidad hacia Israel y a una posible afiliación con el mismo.

Israel, sin embargo, no puede combatir la alienación a menos que cese de generarla y ser una de sus causas primarias. Si Israel quiere una judería mundial con una fuerte afinidad por Israel y sus necesidades, entonces debe tomar en consideración el impacto que sus políticas tienen en la judería mundial. Se trata no solamente de la legislación en cuestiones de conversión y de los derechos de los judíos liberales de rezar en el Kotel. Israel debe reconocer que sus decisiones en política exterior impactan tanto sobre las relaciones de los judíos con Israel como con sus relaciones con los países donde viven.

Durante décadas le hemos dicho a la judería mundial que puesto que no son sus hijos los que exponen sus vidas, deben permanecer en silencio y apoyar cualquier política propuesta por el gobierno israelí. Aunque hay mucho de cierto en este argumento, ha llegado el momento de reconocer que una de las causas de la alienación de Israel es el impacto negativo percibido respecto a las políticas israelíes en la forma en que los judíos se sienten alrededor del mundo. Una política indefendible o cuestionable avergüenza a los judíos y los expone a la crítica y al ridículo de sus conciudadanos.

Una judería mundial comprometida con Israel es una judería mundial a la que Israel le causa un impacto positivo tanto desde un punto de vista judío como personal. Es una judería mundial que conecta su identidad como judíos con el Estado de Israel. Como israelíes, es este tipo de de compromiso que anhelamos. Es hora que reconozcamos la responsabilidad que esto genera.

Un ejemplo gráfico es la reciente negociación entre Israel y los Estados Unidos respecto a una congelación adicional de tres meses en la construcción de los asentamientos. Si los informes son correctos, Israel trocó una congelación de asentamientos a cambio de jets 35 a un precio de ganga y garantías escritas acerca de cuestiones de seguridad.

Dejemos de lado el debate político acerca de la legitimidad de los asentamientos, su importancia para la futura seguridad o la falta de la misma para el Estado de Israel, y los peligros o beneficios de más gestos unilaterales de los israelíes hacia los palestinos para las futuras conversaciones de paz. El acuerdo es tan extraño y perturbador a tantos niveles que a menos que condenemos ipso facto tanto a los Estados Unidos como a Israel por ser cortos de vista, necesita urgentemente una explicación. No podemos cuestionar la inteligencia del Primer Ministro Netanyahu, la Secretaria de Estado Clinton, o el Presidente Obama. Si la congelación de los asentamientos es tolerable para la seguridad e intereses políticos israelíes, ¿por qué no estar de acuerdo cuando nuestro aliado más significativo nos lo pide? Por otra parte, si una congelación de 10 meses no fue efectiva ¿por qué es una congelación de tres meses adicionales tan deseable que los EE. UU. están dispuestos a sobornar a Israel para lograrlo?

El propósito de las promesas no es para Netanyahu, ni para nadie para quien el proceso de paz sea un esfuerzo serio. Su meta es proporcionarle a Netanyahu un soborno para sus compañeros de coalición, muchos de los cuales no ven ningún valor en negociar con los palestinos ni en asegurarse que los Estados Unidos e Israel estén sincronizados el uno con el otro. Como estos incentivos están ausentes se ofrecen incentivos materiales con la esperanza que compren votos. Esto es especialmente el caso en cuanto al Partido Shas, a quien Israel regularmente infantiliza comprándoles votos tanto literalmente como por medio de legislación religiosa.

Este paso de sobornar a los compañeros de coalición, no sólo exige un precio de la administración de los EE. UU., sino también de los judíos en el mundo. Es embarazoso para los judíos ver al gobierno israelí negociando con un amigo que ha estado junto a nosotros. Es una cosa que Israel no esté de acuerdo y defienda sus intereses cuando es necesario, aún aquellos que no coincidan con los intereses del gobierno de los Estados Unidos. Sin embargo lo hace sentir incómodo a un judío norteamericano acerca de su lealtad a Israel cuando las políticas de Israel no son conducidas de acuerdo a sus valores y necesidades de seguridad mayores, sino que en cambio ve a estos valores y necesidades ofrecidos en el mercado al mejor postor. Hace que los judíos norteamericanos se sientan vulnerables ante la crítica de sus compatriotas, que asocian las acciones de Israel con acciones judías.

Los judíos norteamericanos, y de hecho los judíos de todo el mundo se han debatido por décadas entre la consistencia y coherencia de su lealtad para con Israel y la lealtad para con sus patrias. La lealtad a Israel ha sido una fuente de orgullo y aumentó la identidad judía. Cuando Israel sacrifica la identificación de los judíos de todo el mudo con Israel en aras de los intereses a corto plazo de una coalición, empequeñece a Israel y da argumentos para la alienación.

Que Netanyahu lidere con principios, cualesquiera que fueren, y los judíos en todo el mundo podrán por lo menos respetar a Israel y su afiliación con el mismo. Que Netanyahu tome la responsabilidad de implementar la solución de dos estados por la que aboga públicamente y ponga el futuro de su coalición y su gobierno en línea con sus principios. Cuando haga esto, se encontrará menos preocupado acerca de la deslegitimización y encontrará que la comunidad judía de todo el mundo está de su lado y del de Israel.

Fuente: www.hartmaninstitute.com

Traducido por Ría Okret